Preguntas frecuentes
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En la aplicación de llevanza del LROE de la DFB, en el apartado “Utilidades”, se puede solicitar un “Resumen IRPF de ingresos y gastos”, el cual genera un fichero en formato ".csv" que contiene de forma resumida el sumatorio de todas las anotaciones de ingresos y gastos del LROE de un ejercicio (año natural) de una persona o entidad, ordenados por actividad, capítulo del LROE, y, en su caso, código de la cuenta de gasto. Como máximo se pueden solicitar 3 informes de este tipo al día.
El informe tiene las siguientes columnas:
- Epígrafe: epígrafe o código de la actividad económica.
- Actividad: descripción de la actividad económica.
- Capítulo: número indicativo del capítulo del LROE.
- 1. Ingresos (con factura con software garante TicketBAI, sin software garante TicketBAI e ingresos sin factura: percepciones incapacidad temporal, subvenciones, ingresos financieros e ingresos extraordinarios y otros).
- 2. Gastos (con o sin factura).
- 3. Bienes afectos o de inversión (baja de bienes).
- 5. Cobros y pagos
- 7. Variación de existencias
- Código_Cuenta: para las anotaciones del capítulo 2 (Gastos), código de la cuenta de gasto de la anotación.
- Descripción: descripción del capítulo del LROE o, en su caso, de la cuenta de gasto.
- Total_anotaciones: contador de anotaciones realizadas en el LROE del ejercicio para ese capítulo o, en su caso, para esa cuenta de gasto.
- Total_devengos: sumatorio del importe "Ingreso a efectos del IRPF" o "Gasto a efectos del IRPF" de las anotaciones realizadas en el LROE del ejercicio para ese capítulo o, en su caso, para esa cuenta de gasto, tanto si se ha marcado la casilla "Criterio de cobros y pagos" como si no se ha marcado.
- Criterio_de_cobro_pago: para los capítulos 1 (Ingresos) y 2 (Gastos), sumatorio del importe del "Ingreso a efectos del IRPF" o "Gasto a efectos del IRPF" de las anotaciones realizadas en el LROE del ejercicio con indicación de la marca "Criterio_de_cobros y pagos". Para los capítulos 5 (Cobros) y 5 (Pagos), sumatorio del importe del "Ingreso a efectos del IRPF" o "Gasto a efectos del IRPF" de las anotaciones realizadas en el LROE del ejercicio.
- Retencion_soportada: sumatorio del importe "Retencion soportada" de las anotaciones realizadas en el LROE del ejercicio para el capítulo 1 (Ingresos).
- Existencia_Inicial: importe de esta anotación en el capítulo 7 (Variación de existencias) del LROE (solo se puede realizar una anotación por ejercicio y por actividad).
- Existencia_Final: importe de esta anotación en el capítulo 7 (Variación de existencias) del LROE (solo se puede realizar una anotación por ejercicio y por actividad).
- Ganancia: sumatorio del importe "ganancia" de las anotaciones realizadas en el LROE del ejercicio para el capítulo 3 (Baja de bienes afectos o de inversión).
- Reinversión: sumatorio del importe "ganancia exenta por reinversión" de las anotaciones realizadas en el LROE del ejercicio para el capítulo 3 (Baja de bienes afectos o de inversión).
- Pérdida: sumatorio del importe "pérdida" de las anotaciones realizadas en el LROE del ejercicio para el capítulo 3 (Baja de bienes afectos o de inversión).
- Total_anotaciones_ejercicio_anterior: contador de anotaciones realizadas en el LROE del ejercicio para ese capítulo o, en su caso, para esa cuenta de gasto, que correspondan a facturas que indiquen una fecha de operación de un ejercicio anterior.
- Total_devengos_ejercicio_anterior: sumatorio del importe "Ingreso a efectos del IRPF" o "Gasto a efectos del IRPF" de las anotaciones realizadas en el LROE del ejercicio para ese capítulo o, en su caso, para esa cuenta de gasto, que correspondan a facturas que indiquen una fecha de operación de un ejercicio anterior, tanto si se ha marcado la casilla "Criterio de cobros y pagos" como si no se ha marcado.
- Retención_soportada_ejercicio_anterior: sumatorio del importe "Retención soportada" de las anotaciones realizadas en el LROE del ejercicio para el capítulo 1 (Ingresos) que correspondan a facturas que indiquen una fecha de operación de un ejercicio anterior.
Los datos del informe se ordenan por actividad (código y descripción), capítulo y, en su caso, código de cuenta del gasto.
Los importes se suman con el mismo signo con el que se ha realizado la anotación en el LROE.
Por ello, para calcular el rendimiento de una actividad que no esté en criterio de cobros y pagos deberá realizarse la siguiente operación = "Total_devengos" del Capítulo 1 (Ingresos) - "Total_Devengos" del Capítulo 2 (Gastos) + [("Existencia_Final" - "Existencia_Inicial") del Capítulo 7 (Variación de existencias)]+ [("Ganancia" - "Reinversión" - "Pérdida") del capítulo 3 (Baja de bienes afectos o de inversión)].
Cuando se hayan anotado en el LROE del ejercicio siguiente facturas que indiquen una fecha de operación del ejercicio cuyo rendimiento quiere calcularse (ejercicio anterior), deberá solicitarse igualmente el Informe IRPF de ingresos y gastos de dicho ejercicio siguiente, para sumar al cálculo anterior el importe "Total_devengos_ejercicio_anterior" del Capítulo 1 (Ingresos) y restar el importe "Total_Devengos_ejercicio_anterior" del Capítulo 2 (Gastos).
Para calcular este informe, sólo se tendrán en cuenta las anotaciones al LROE aceptadas sin errores. Es decir, no se tendrán en cuenta anotaciones, anuladas, rechazadas ni las anotaciones con errores.
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