Borradores de declaraciones

El tercer componente de Batuz es la elaboración por la Hacienda Foral de Bizkaia de los borradores de las declaraciones de Renta, IVA y Sociedades a las personas jurídicas y a las personas físicas con actividad económica, de acuerdo con la información anotada en el Libro Registro de Operaciones Económicas (LROE).

En esta página se incluye información acerca del contenido y el proceso de elaboración de estos borradores. Dispone de información adicional en el apartado de “preguntas frecuentes".

Borradores de Renta

Para las personas físicas que cumplen el sistema Batuz, los rendimientos de las actividades económicas de los borradores de su declaración de renta se elaboran a partir de los datos de su LROE y, en su caso, de la declaración del modelo 140 de BILA.

  • Si la fecha de cumplimiento de Batuz es el 1 de enero del 2025 se deberá cumplimentar el LROE por todo el año.
  • Si la fecha de cumplimiento de Batuz es el 1 de julio del 2025 se podrá cumplir con las obligaciones de información de cualquiera de las siguientes maneras:
    • Cumplimentar el LROE por todo el ejercicio 2025. Las operaciones que se hayan realizado sin TicketBAI antes del inicio del cumplimiento de Batuz se anotarán en el subcapítulo de ingresos con factura sin software garante del LROE .
    • Presentación del modelo 140 de BILA por las operaciones realizadas el primer semestre de 2025 y cumplimentación del LROE por las operaciones realizadas a partir del 1 de julio de 2025. Es importante que, para evitar duplicidades, la misma operación no se anote en los dos libros.

Borradores de IVA

La Hacienda Foral de Bizkaia elabora los borradores de las autoliquidaciones del IVA correspondientes a los modelos 303 (autoliquidación mensual o trimestral), 322 (grupos de entidades: declaración individual mensual) y 390 (autoliquidación anual final).

En este vídeo se explica cómo se pueden solicitar estos borradores.

En estos documentos se explican las reglas aplicadas por la Hacienda Foral de Bizkaia para calcular los borradores:

Borradores de Sociedades

A partir de julio de 2026 se ofrecerán los borradores de la autoliquidación del Impuesto sobre Sociedades a las personas jurídicas y entidades que deben aplicar la normativa de Bizkaia.

Estos borradores se elaborarán a partir de la información que consta en la Hacienda Foral de Bizkaia y, en particular, del capítulo de movimientos contables del LROE.